Comisión de Educación Médica Continua (CENEMEC)

ARTÍCULO 25: La Comisión Especial de Educación Médica Continua, tendrá entre otras las siguientes atribuciones:

Definir de manera coordinada con CENEMEC y en base a los Reglamentos Vigentes, las diferentes formas de implementar y mejorar permanentemente la Educación Médica Continua de los Colegiados.

Establecer mecanismos que garanticen y aseguren la confiabilidad en los Certificados extendidos por CENEMEC, para validar las actividades de Educación Médica Continua.

Promover que en las actividades de Educación Médica Continua, se desarrollen acciones sobre Bioética.

Establecer relaciones con Instituciones de carácter Educativos, Nacionales e Internacionales para el desarrollo de actividades de Educación Médica Continua.

Promover la implementación de los medios electrónicos de comunicación a nivel de Delegaciones y/o Subdelegaciones del Colegio Medico de Honduras para el desarrollo de Educación Médica Continua.

Promover el acceso de los Colegiados a través de los medios de Comunicación virtual a los conocimientos y avances de la Ciencia Médica.

Mejorar el control en la calidad de los eventos de Educación Médica Continua.

Procurar la unificación de criterios para la valoración cuantitativa y cualitativa de los eventos de Educación Médica Continua

Organizar un Consejo permanente que asesore a la Junta Directiva de CENEMEC para mejorar y actualizar los conceptos en materia de Educación Médica.

Las decisiones de ésta Comisión no deben contradecir lo establecido en el Reglamento de CENEMEC y en los demás que regulan las acciones de Educación Médica Continua del Colegio Medico de Honduras.

Cualquier otra que la Comisión considere conveniente.


 

ARTÍCULO 26: La Comisión Especial de Educación Médica Continua, será coordinada por la Secretaría de Asuntos Educativos y Culturales de la Junta Directiva y estará integrada por seis (6) miembros.- Las decisiones se tomarán por consenso y si éste no es posible, el coordinador hará uso del voto de calidad.- Las decisiones para su implementación deberán ser aprobadas por la Junta Directiva del Colegio.

 

ARTÍCULO 27: El consejo Permanente de Educación Médica Continua será integrado por los Ex Presidentes de CENEMEC y su carácter será de órgano asesor para los asuntos que la Comisión Especial de Educación Médica Continua considere pertinente consultar así como los que la propia Junta Directiva del Colegio decida someter a su consideración a través de la Comisión Especial de Educación Médica Continua.

 

ARTÍCULO 28: El Consejo Permanente de Educación Médica Continua se reunirá a Convocatoria de la Comisión Especial de Educación Médica Continua y el quórum lo constituye por lo menos tres (3) de los Ex Presidentes de CENEMEC y sus decisiones serán meramente ilustrativas y no de carácter obligatorio para la Comisión Especial o la Junta Directiva.

MIEMBROS DE LA COMISIÓN

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DRA. MAYRA CAROLINA OCHOA

Presidenta

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DRA. MAYRA CAROLINA OCHOA

Presidenta

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DRA. XENIA JACQUELINE VELÁSQUEZ

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DRA. XENIA JACQUELINE VELÁSQUEZ

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DRA. JURY ROSIBETH SÁNCHEZ REYES

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DRA. JURY ROSIBETH SÁNCHEZ REYES

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DRA. KARLA G. GUERRA

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DRA. KARLA G. GUERRA

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DRA. DORIA ARACELY CARRASCO CERRATO

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DRA. DORIA ARACELY CARRASCO CERRATO